Compartimos con Ustedes una publicación realizada por nuestro compañero Juan Carlos Grassi, en el periódico La Palabra, en Agosto de 2009.
Curiosidades de épocas pasadas
Las tierras cercanas a la Estación de Berazategui, zona conocida como pueblo de "San Salvador", ubicadas hoy entre la calle 14 y la avenida Florencio Varela y desde las vías hasta la 150 (según plano de época) se pusieron a la venta el 6 de marzo de 1892 y rematadas por César Ramella y Cía.; durante el año 1907, comenzaron a fraccionarse y lotearse otros dominios situados al sur de la hoy avenida 14. Otros, más alejados, fueron divididos en chacras y eran usados para pastoreo, labranza, tambo o la industria de los Hornos de Ladrillo.
Un modo de sacar réditos de una finca que, en muchos casos, no era aprovechada en toda su extensión, ya fuera porque las habían comprado como inversión (el caso de quienes se domiciliaban en localidades alejadas) o porque no disponían de personal o dinero suficiente para tender a la totalidad de sus posesiones, era arrendarlas o alquilarlas.
En una de las escrituras de la época leemos que uno de los casos antes mencionados se dio cuando el propietario de un tambo, arrendó parte del mismo con la finalidad de obtener ganancias extras de algo que se hallaba improductivo.
Así fue que el 10 de Agosto de 1913, por escritura 106, Antonio Mendiberry, casado con Valentina Paula Godoy, arrienda a Ángel J. Devicenzi, casado, vecino del pueblo de Florencio Varela, "una parte de una Finca de su propiedad ubicada en el Cuartel IV de este Partido a inmediaciones de la Estación Ranelagh, compuesta de 5 Ha., que lindaba: al noreste con Don Francisco Traverso; al sudeste con Claudio Ruiz; al sudoeste con Luis Drago y al noroeste con la Compañía Tierras del Sud".
Dicha posesión le correspondía en mayor proporción, por adjudicación que se le hizo en el juicio sucesorio de su finada primera esposa Doña Valentina Paula Godoy, en virtud de la partición hecha por el Dr. Alejandro Miñones, el 3 de Mayo de 1906, hijuela que fuera inscripta el 6/8/1907, bajo el Nro. 36471, serie "A".
El escribano actuante manifestaba que "por los certificados se comprobó que el bien está inscripto a nombre del locador, en una mayor porción... y que el plazo del Arrendamiento o Alquiler se estipula en dos años, con opción a otro más".
Que el objeto del arrendamiento, era establecer ... "un horno de ladrillos", fin que no podría ser suplantado por otro, sin consentimiento del locador.
Devicenzi se comprometía a "fabricar unos dos millones de ladrillos de calidad común, en el plazo de los 2 años, siempre que la tierra arrendada respondiese..."; y que abonaría la suma de "un peso con setenta centavos moneda nacional por cada 1.000 ladrillos crudos, contados en la pila, debiendo efectuarse los pagos al estar cocidos y en el momento de cargarlos para expendio".
Además, se establecía que en caso que la tierra arrendada no respondiese para la fabricación a que se destina, "el locador se compromete a entregar... una cantidad igual de tierra... dentro del perímetro de tres cuadras, en que se estableciere el Horno".
Asimismo, se dejaba constancia de que "no podrá extraer más tierra... que una punteada general que no podrá exceder 35 centímetros de profundidad en toda la extensión de la tierra arrendada.
Tenía, el locador, prohibido subarrendar, y al vencimiento del contrato Don Antonio Mendiberry se reservaba el derecho de "levantar todas las construcciones, y mejoras hechas en la propiedad arrendada... dejando limpio el terreno".
En solamente dos años, unas tierras baldías, le dejaron a Mendiberry una ganancia de más de tres mil doscientos pesos moneda nacional.
Juan Carlos Grassi
Investigador Histórico
Asociación Orígenes de Berazategui
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